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20 de julio de 2025 Textos litúrgicos oficiales del Misal Romano de la Conferencia Episcopal Española con resumen, propósito semanal, reflexión, comentario, lecturas completas del día, liturgia y links a Misa completa en español o inglés XVI Domingo Tiempo Ordinario Ciclo C El poder de la oración

Administración de los Sacramentos: Quién es el ministro y cuál es la validez?, requisitos

¿CONSAGRA VÁLIDAMENTE LA EUCARISTÍA UN SACERDOTE QUE ESTÁ EN PECADO MORTAL ?

El sacramento es un signo sensible que en virtud de la institución de Jesús produce en el que lo recibe la gracia que representa.

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EL MINISTRO DE LOS SACRAMENTOS

Los sacramentos no pueden ser administrados por cualquier persona y en la mayoría de los casos se requieren una consagración especial, o sea, ordenación sacerdotal o consagración episcopal ya que el ministro no actúa en nombre propio sino en el de Jesús, y por lo tanto necesita un mandato especial de la Iglesia a la vez que un poder que sólo ella puede conferir.

Este poder es dado por la ordenación.

El sacerdote cuando administra los sacramentos hace las veces de Cristo, revistiéndose por decirlo de alguna manera de la personalidad de Él.

Y las fórmulas que emplea son afirmaciones y no oraciones, como cuando por ejemplo dice "Yo te absuelvo...".

REQUISITOS PARA LA VALIDEZ DE LOS SACRAMENTOS

Para que el sacramento tenga validez es fundamental que aquel que lo administra use las palabras, el sistema y la forma instituidas por Cristo.

Los ritos deben cumplirse en forma correcta con todas las ceremonias y oraciones prescritas por la Iglesia.

Por eso siempre se debe obrar con la intención de proceder como la Iglesia lo indica ya que de lo contrario se corre el peligro de administrar un sacramento que no es válido.

Si el ministro está en pecado mortal de todas formas puede administrar el sacramento, pues no se debe tener en cuenta la personalidad del que administra sino únicamente su función, ya que los sacramentos son obra de Dios y los sacerdotes sólo se limitan a prestar su colaboración.

Por ejemplo, un ministro hereje, cismático o excomulgado puede administrar un sacramento o consagrar validamente la Eucaristía con tal que lo haga con la intención de proceder como la Iglesia, y a pesar de todo esto, el que reciba tal sacramento entrará en posesión de la gracia.

De todas formas el sacerdote que confiriese solemnemente un sacramento careciendo del estado de gracia cometería un pecado mortal.

El Código de Derecho Canónico establece administrar los sacramentos a los fieles cada vez que lo soliciten legítimamente, pero está prohibido administrarlos a los herejes y cismáticos si persisten en el error de buena fe y aún no se han retractado o reconciliado con la Iglesia.

Mi nombre es Laura y soy católica apostólica romana.
Siempre me ha gustado estudiar las religiones, pero especialmente me he dedicado al estudio profundo de la fe católica, y consideré que podía ser útil compartir mis conocimientos en forma online.
En el link de "Sobre mi" que está al pie de "Fiabilidad del contenido" pueden conocerme más.
Todos los artículos que he escrito están fielmente basados en el Catecismo, la Biblia y los textos reconocidos por la Iglesia Católica Apostólica Romana.
Espero que mi material les sea útil para crecer en la fe católica ✝️
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