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Consecuencias de la división del reino de Israel y el destierro a Babilonia

EL DESTIERRO A BABILONIA: UN MOMENTO DECISIVO EN LA HISTORIA DEL PUEBLO ELEGIDO ‍ El destierro a Babilonia fue un acontecimiento crucial en la historia del pueblo elegido por Dios.

Qué es la ética de situación? Características del modelo de Joseph Fletcher

ÉTICA DE SITUACIÓN

Comentario del Padre S. Martín FM (Franciscanos de María)

sobre la actualidad de la Iglesia durante esta semana.

Lo que algunos buscan en el Sínodo, más allá del ejercicio de sinodalidad entendida como atenta escucha a opiniones contrarias, es ir difundiendo unas ideas para que terminen de convertirse en la nueva ley de la Iglesia.

De momento, no se pretende cambiar la ley moral, sino que lo que se busca es dejarla como una meta a alcanzar, que se puede incumplir sin ningún problema. Eso se consigue por lo que se conoció en el siglo pasado como la "ética de situación". Aunque tuvo muchos "padres" -Sartre, Heidegger, Bultmann, Tillich-, fue sobre todo el teólogo anglicano Fletcher (1905-1991) quien la desarrolló de forma sistemática.

Para él, "todas las leyes, reglas, principios, ideales y normas son solo contingentes, sólo válidas si sirven al amor en una situación particular y por tanto pueden romperse o ignorarse si otro curso de acción consigue un resultado más amoroso".

Sus cuatro principios de acción son: pragmatismo, relativismo, positivismo (cita la primera carta de San Juan: amémonos unos a otros porque el amor es de Dios) y personalismo (las personas están por encima de las leyes). Elabora también una serie de proposiciones para aplicar en la vida cotidiana; la quinta dice que el fin justifica los medios y la sexta afirma que nada es intrínsecamente correcto o incorrecto.

La Iglesia se dio cuenta pronto de lo que significaba esa teología, que dejaba inservibles y reducidas a un elemento decorativo las leyes morales, y por eso Pío XII la condenó en 1952.

Ya no existirían acciones intrínsecamente malas y por lo tanto dejarían de tener valor absoluto las normas que prohíben esas acciones. Lo importante sería la imputabilidad subjetiva, o dicho de otro modo, lo que a cada uno le parece una vez que aplica la teoría a su propio caso. Según el "espíritu del Concilio", impregnado por la "ética de situación", la conciencia individual debía ser la norma definitiva que estableciera si un comportamiento concreto era o no pecaminoso. Algunos, viendo el peligro, dijeron que eso sería así sólo cuando la conciencia estuviera rectamente formada, pero esa respuesta introducía a su vez un elemento subjetivo, pues había que interpretar lo que significaba "rectamente formada".

Fue Ratzinger quien puso un poco de luz al debate recordando que, si bien la conciencia es la norma próxima de moralidad, por encima de ella hay otra norma, que es la norma suprema: le ley moral. Lo que es pecado no se puede hacer sin cometer pecado y la conciencia actúa discerniendo si en ese caso concreto se da alguna de las condiciones para que no se cometa ese pecado, por ejemplo la falta de libertad.

En cambio, la "ética de situación" no niega que algo sea malo, pero dice que la conciencia tiene libertad absoluta para decir que no es pecado debido a las circunstancias. Mientras exista el deseo, la actitud, de alcanzar el ideal moral, puedo llevar a cabo actos que estén lejos de él, con la conciencia tranquila y, por lo tanto, puedo comulgar.

Es puro relativismo. Pero la historia ha demostrado que el relativismo se convierte, inevitable y rápidamente, en dictadura del relativismo. Hablamos, escuchamos opiniones diversas con respeto y eso está muy bien. ¿Y luego qué? No sólo se dirá que cada uno, en función de su situación, puede hacer lo que quiera, sino que se perseguirá como rígidos a los que se atrevan a decir que eso no está bien y, sobre todo, a los que se nieguen a colaborar con ello, por ejemplo no dando la comunión a quienes viven en contra de las leyes morales objetivas. Además, aunque ahora la puerta se quiere abrir sólo para los pecados contra el sexto mandamiento, quedará ya abierta para todo lo demás.

Si puede comulgar el que tiene relaciones sexuales fuera del matrimonio sin tener propósito de enmienda, porque a él le parece que en su situación eso no es pecado, ¿por qué no podrá hacerlo el narcotraficante, el pederasta, el proxeneta, el asesino, el violador o el mafioso? ¿Y si el sacerdote no puede negarse a dar la comunión a los que conviven maritalmente sin casarse, porque para ellos eso no es pecado debido a que se quieren mucho, podrá negarse a dársela al terrorista, al sicario o a un corrupto que no está arrepentido de sus crímenes?

Recemos por la paz en Tierra Santa y en Ucrania, pero no olvidemos que también en la Iglesia vivimos una guerra en la que está en juego nuestro futuro.

  • Sobre el Padre Santiago Martín FM:

Sacerdote y escritor español, nacido en 1954. Estudió Biología, Teología Moral y Periodismo. Fundador de los Franciscanos de María, una familia espiritual católica aprobada por la Santa Sede en 2007 cuyo carisma es el agradecimiento.

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La foto que ilustra la nota no tiene relación con el texto. Todas las semanas en la sección Noticias publicaré una foto diferente de catedrales, iglesias y atrios para poder admirar su belleza

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Mi nombre es Laura y soy católica apostólica romana. Siempre me ha gustado estudiar las religiones, pero especialmente me he dedicado al estudio profundo de la fe católica, y consideré que podía ser útil compartir mis conocimientos en forma online. En el link de "Sobre mi" pueden conocerme más. Todos los artículos están fielmente basados en textos reconocidos por la Iglesia Católica Apostólica Romana.
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