LA ABADÍA: UN MONASTERIO CON APROBACIÓN DE LA SANTA SEDE
La abadía designa al monasterio canónicamente erigido, es decir que ha tenido la aprobación de la Santa Sede y la de los superiores ordinarios, o sea el obispo del lugar y el superior de la orden.
- CARACTERÍSTICAS DE LA ABADÍA
Una abadía ha de estar constituida al menos por doce monjes o monjas y debe estar regida, según corresponda, por el abad o la abadesa.
El territorio de la abadía ha contribuido muchas veces a la formación de ciudades.
Por lo general la abadía comprende el templo y las construcciones conventuales: claustro, sala del capítulo, refectorio y dormitorios o celdas de los monjes.
Abad significa padre y deriva del sirio abbas.
- ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE MONASTERIO Y UNA ABADÍA?
Una abadía es un monasterio, pero su diferencia es que se define como un tipo de monasterio bajo el liderazgo de un abad o una abadesa.
A menudo, las abadías son más grandes y prósperas que los monasterios comunes, e incluso pueden contar con múltiples iglesias en su recinto.
Además, tanto las abadías como los monasterios tienen la posibilidad de pertenecer a diferentes órdenes religiosas.
- EL ABAD: EL SUPERIOR DE UNA ABADÍA
El término abad, en un plano puramente religioso y desde el punto de vista estrictamente canónico, designa exclusivamente a un religioso profeso de una orden monacal siendo el superior efectivo en lo temporal y en lo espiritual de una abadía y de sus dependencias.
El abad puede ser simplemente el superior de su monasterio y depender directamente del obispo diocesano o también puede tener jurisdicción sobre un territorio más o menos extenso en el que estén enclavadas varias iglesias parroquiales con su clero y sus fieles.
- EL ABAD MITRADO Y EL ARCHIABAD
Un abad mitrado significa que tiene una jurisdicción de carácter episcopal y no depende de ningún obispo. En este caso la abadía se llama nullius.
El archiabad es el superior de una agrupación de muchas abadías o monasterios unidos por una conformidad de observancia, por convención especial o por vínculos de tipo regional, siendo el abad de los abades el superior de la abadía madre.
En otros tiempos el abad era elegido la mayoría de las veces por los monjes de su monasterio, pero poco a poco el obispo comenzó a tener una mayor intervención en su nombramiento y elección. El elegido no es solamente el superior, sino que es el esposo de la Iglesia abacial, tal como el obispo lo es de su catedral. Tan pronto como el abad ha sido elegido o nombrado de debe ser bendecido siendo esto una obligación estricta dentro del año que sigue a su elección.
Esta bendición no puede ser retirada tanto para los abades que poseen la perpetuidad del título, o sea los que son siempre abades del mismo monasterio, como para los que poseen la perpetuidad de dignidad, es decir los que son abades de un monasterio determinado y luego lo son de otro.
- LOS ABADÍAS REGULARES Y LAS ABADESAS
Los abades regulares sólo tienen derecho a conferir a sus subordinados la tonsura y las cuatro órdenes menores de ostiario, lector, exorcista y acólito.
La abadesa, tal como el abad, es la superiora en lo espiritual y en lo temporal pero de un monasterio de monjas. Este título se le da a las superioras de diversas órdenes. Son elegidas por la comunidad en escrutinio secreto y para poder ser elegida debe tener al menos cuarenta años y hallarse en posesión de la integridad virginal exigida para la bendición.
La bendición es requerida sólo si la elección de la abadesa es perpetua y se debe efectuar dentro del año que sigue a su elección.
Posee autoridad espiritual sobre sus hijas y administrativa sobre sus dominios y dependencias, pero carece de poder alguno para bendecir litúrgicamente, para confesar o dar la comunión.